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Coronavirus: Desde el municipio se declaró la emergencia sanitaria

En la mañana de hoy el Intendente Municipal Dr. Ricardo Alessandro junto a la Dra. Mirna Rebottaro, El Dr. Poblitti y el Pte. Del Concejo Deliberante Julián Ainora brindaron una conferencia de prensa comunicando emergencia sanitaria por el término de 30 días mediante decreto N° 0515/2020, solicitando a la población cumplir con el mismo que se detalla a continuación.                                    

                     D E C R E T O

ARTICULO 1º: Adherir en todos sus términos al Decreto Nº260/2020 del Gobierno Nacional y al Decreto Nº132/2020 y Resoluciones Nº393 y 394/2020 dispuesto por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTICULO 2º: Declarar en Estado de Emergencia Sanitaria al Partido de Salto por el término de treinta (30) días a partir de la fecha del presente decreto.- 

 

ARTICULO 3º: Disponer la suspensión por quince (15) días y prorrogables – según la situación del momento y recomendaciones del Ministerio de Salud – contados a partir de la fecha del presente decreto, la realización de actividades y eventos masivos organizados por el Municipio, de índole deportivo, cultural, social, religioso, artístico, recreativo, de participación masiva y que implique la concurrencia de población de riesgo, y en forma consecuente las habilitaciones otorgadas por el Municipio.-

 

ARTICULO 4º: Se solicita a los comerciantes y a los organizadores de eventos privados adecuarse al presente decreto a fin de evitar aglomeraciones de personas.-

 

ARTICULO 5º: Recomendar a la población que adopte las siguientes precauciones:

  • Tomar conciencia de la situación apelando a la responsabilidad civil personal y hacia terceros.
  • Lavado de manos frecuente con agua y jabón.
  • En lugares en los que no se pueda realizar el lavado de manos frecuente, utilizar alcohol en gel.
  • Cubrirse la nariz y  la boca con el pliegue del codo o usar un pañuelo descartable, al toser o estornudar (descarte inmediato y nuevo lavado de manos).
  • Ventilar los ambientes varias veces en el día.
  • Limpiar frecuentemente los objetos y superficies con las que tomamos contacto.
  • Contacto inmediato con el sistema de salud ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios.
  • Personas de sesenta y cinco (65) años y mayores de esa edad: Se recomienda el aislamiento social, fundamentalmente en lugares cerrados con concurrencia importante de personas y visitantes sintomáticos o que han transitado en áreas de transmisión.
  • No viajar a áreas de transmisión comunitaria del virus.
  • Viajeros provenientes de zonas de transmisión con síntomas: no concurrir a los establecimientos de salud y LLAMAR AL (02474) 431020 ó en su defecto al 107.
  • Viajeros provenientes de zonas de transmisión aislarse en su domicilio y no concurrir a lugares de concentración de personas.

 

ARTICULO 6º: Excepcionalmente y, tomando medidas estrictas de seguridad, organización y precaución, se continuará con el programa previsto de entrega de tarjetas en el marco del Plan Alimentar, estableciendo medidas necesarias para evitar aglomeraciones, teniendo en cuenta la necesidad y urgencia que dicha medida social presenta.-

 

ARTICULO 7º: Establecer que los comercios del Distrito deberán colocar en lugares visibles, las recomendaciones sanitarias preventivas con respecto al COVID 19.-

 

ARTICULO 8º Establecer que las áreas de Producción y Comercio en forma conjunta con la OMIC deberán controlar los precios de los productos cuyo uso son recomendados para la prevención.-

 

ARTICULO 9º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.- SALTO, Marzo 13 de 2020

D E C R E T O  Nº0515/2020.-

                                     

DECLARACION DE ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA COVID-19