Política

TARIFAZO ELÉCTRICO: Entre el 50 y 100% de aumento para el consumo residencial

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Oscar Trotta – Juan Carlos López

El día viernes, directivos de la Cooperativa Eléctrica local ofrecieron una conferencia de prensa para dar a conocer el nuevo cuadro tarifario aplicable en Salto a partir de la Resolución 22/2016 del gobierno de la provincia de Buenos Aires, en concordancia con lo dispuesto desde el ministerio de Energía del Gobierno Nacional.
Tras la presentación realizada por los Sres. Oscar Trotta y Juan Carlos López, presidente y vice respectivamente del Consejo de Administración fue la Contadora Nora Garriga quien abordó el tema en los siguientes términos: “Comenzando por los cambios más relevantes, es preciso destacar que la Cooperativa pasa de contar con un solo cuadro tarifario, a la aplicación de seis cuadros tarifarios, a saber:
Respecto a T1R (tarifa residencial):
1) Un cuadro tarifario base para todas las Tarifas (Tarifa Plena).
2) Un cuadro tarifario para Usuarios Residenciales T1R con reducción de consumo mayor que 10% y menor o igual a 20% respecto al mismo período del año anterior (Tarifa Estímulo).
3) Un cuadro tarifario para Usuarios Residenciales T1R con reducción de consumo mayor que 20% respecto al mismo período del año anterior (Tarifa Estímulo).
Respecto a TIS (tarifa social):
La Cooperativa recibirá un listado enviado por el OCEBA (Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Pcia. de Bs. As.), con los usuarios incluidos en tarifa social, para los cuales se van a aplicar 3 cuadros tarifarios. Dependerá si:
1) Con consumo menor o igual a 150Kwh/mes.
2) Con consumo mayor a 150 Kwh/mes pero menor o igual respecto al mismo período del año anterior.
3) Con consumo mayor a 150 Kwh/mes y mayor respecto al mismo período del año anterior.
Los usuarios definidos por el OCEBA como TIS permanecerán como tales cualquiera sea su consumo, hasta tanto ese organismo no los excluya.
Estos socios además de ser beneficiados con una tarifa preferencial, serán eximidos de las Leyes provinciales y de la Res.34/15.-
Criterios de elegibilidad de tarifa social
+ Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional.
+ Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM).
+ Ser titular de programas sociales.
+ Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
+ Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico
+ Estar percibiendo el seguro de desempleo.
+ Contar con certificado de discapacidad.
Criterios de exclusión del beneficio
+ Cruce por padrón de fallecidos.
+ Ser titular de más de un inmueble.
+ Ser titular de automotores con hasta 15 años de antigüedad.
+ Poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
Disposiciones comunes a todas las tarifas:
1) Desaparece PUREE, Subsidios, Incremento Costo Mayorista.
2) Se mantiene Resolución 34/15: Para T1R, T1GBC, T1GAC y T4= Valor fijo en $ x Kw consumidos.
Para T2, T3 y T5 = Valor fijo en $ x (Cargos por Potencia Fuera de Pico contratada Vs Cargos Potencia fuera Pico consumida, la mayor).-”
Luego de esta introducción, la profesional analizó una facturación tipo, en las diferentes categorías de usuarios, deduciéndose que según los casos, el incremento para el suministro residencial será de entre el 52 y 97,5%.
Por otra parte la misma exponente aclaró que se está evaluando la posibilidad de implementar un modelo de facturación con doble vencimiento, dicho de otra manera, pago en dos cuotas.
Por último, cabe destacar que cada socio-usuario del servicio del suministro de energía que brinda la Cooperativa, recién tendrá una clara muestra de la incidencia del tarifazo eléctrico en su economía familiar, cuando reciba la factura del bimestre marzo – abril.