La ayuda escolar anual aumentó el 73,25%
A partir del 1º de marzo, la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual pasará de $510 a $700, y cubrirá a hijos e hijas de 4 a 17 años, cuyo grupo familiar tenga un ingreso menor a $30.000, o $15.000 proveniente de unos de los padres.
Esta prestación representa un incremento de 37,25% para 3.227.000 niños y niñas y 2.016.800 familias, y su inversión total será de $2259 millones.
Fechas de cobro
Trabajadores en relación de dependencia: a partir de 1º de marzo
Jubilados y pensionados: junto con el haber de marzo de 2015 desde el jueves 5.
En todos los casos, deberá presentarse en cualquier momento del año el certificado de escolaridad ante la ANSES de los niños, niñas y adolescentes.
¿Qué es el Reconocimiento de Servicios?
El Reconocimiento de Servicios es el comprobante formal de la acreditación ante la ANSES de los servicios con aportes desempeñados y declarados por el trabajador, ya sea en relación de dependencia o de manera autónoma, siempre que haya aportado al régimen nacional.
El trámite puede solicitarse en cualquier momento, previa solicitud de turno en el número gratuito 130 o en www.anses.gob.ar.
Una vez reconocidos los años trabajados, éstos formarán parte de la historia laboral, lo que permitirá, una vez que cumpla con los requisitos establecidos por la Ley 24.241, acceder a la jubilación.
¿Cómo solicitar un turno en el sitio web de la ANSES?
La ANSES recuerda que desde el sitio www.anses.gob.ar toda persona puede obtener un turno para realizar trámites previsionales en las delegaciones de la ANSES, ingresando a la sección “Turnos Online” que se encuentra en la pantalla principal.
Una vez dentro del apartado, debe dirigirse al recuadro “Solicitar de turnos” y seleccionar la prestación para la cual desea solicitar el turno. Luego, tendrá que indicar su número de CUIL/CUIT y el código de seguridad que aparece en la pantalla.
El siguiente paso será pulsar en “Verificar datos” y, si todos ellos son correctos, marcar la opción “SI”, y luego “Acepto” para poder efectuar la solicitud e imprimirla. Si dichos datos no son correctos, deberá pulsar “modificar datos”.
Trámites y consultas previsionales sin moverse de casa
La ANSES recuerda que es posible realizar diferentes trámites y consultas del organismo previsional sin necesidad de trasladarse a una delegación, por medio de su página de Internet.
Ingresando en www.anses.gob.ar, sección Mi ANSES, al instante, las 24 horas del día, se puede tramitar la jubilación automática para autónomos y para trabajadores en relación de dependencia; gestionar la pensión por jubilado/a fallecido/a; obtener la Certificación Negativa que acredita que no percibe prestación; imprimir la constancia de CUIL u obtener la Clave de la Seguridad Social para el acceso de información personal disponible en la base de datos de la ANSES.
Asimismo, se pueden controlar aportes y obtener la historia laboral; verificar turnos asignados o reasignados; realizar el seguimiento de un trámite; ver el estado de expedientes, entre otras.
Cómo cobrar los haberes que no se pagaron al jubilado fallecido
Los haberes devengados son los cobros pendientes que le hubieran correspondido al titular jubilado hasta el fallecimiento.
El pago podrá realizarse a los herederos del causante únicamente en caso de no existir personas con derecho a pensión. En estos casos no se exige un juicio sucesorio, y el tope es de $1600, sumado al proporcional de aguinaldo que corresponda.
La solicitud del pago de los haberes devengados debe presentarse en cualquier delegación de la ANSES, y no debe superar los dos años del fallecimiento.
Para poder gestionarla, debe solicitar un turno a través de www.anses.gob.ar, debiendo, sin excepción, contar previamente con sus datos personales acreditados en la base de la ANSES, incluyendo el código postal.