Salto se convierte en ciudad de tolerancia cero de alcohol al conducir
El Honorable Concejo Deliberante de nuestra ciudad aprobó la Ordenanza 126/2022 que Prohíbe en todo el Partido de Salto la conducción de cualquier tipo y especie de vehículo o medio de transporte, con una graduación de alcohol superior a cero (0) gramos por mil (1000) centímetros cúbicos de sangre; o bajo Ia influencia de sustancias estupefacientes, psicotrópicos o análogos, de conformidad con las previsiones del Art. 2° de la Ley Nacional de Transito N° 24.449.-
Las penalidades por infringir Ia Ley que contempla desde el arresto, hasta la retención de la licencia y Ia inhabilitación para conducir de acuerdo al nivel de alcohol en sangre: desde los 0,49 gramos por litro, la retención será de tres meses, mientras que para los conductores que tengan mas de 1,5 gramos por litro será de 18 meses;
QUE los infractores también deberán afrontar una multa y Ia obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, que podrá aplicarse como alternativa a la pena pecuniaria.
Las infracciones a la prohibición dispuesta en el Articulo 1° de la presente ordenanza serán pasibles de las penas establecidas en el Código de Transito Provincial (Ley N°13.927) y en el Código de Faltas Municipal (Dec. Ley N° 8751177 y modificatorias).
De esta forma se declara al Partido de Salto como «Ciudad de tolerancia cero de alcohol al conducir».