Vidal es Macri: Si no haces inventario, no cobrás
Recientemente el Consejo Escolar Salto, y suponemos que todos los Consejos Escolares de la provincia de Buenos Aires, recibió un Memorando proveniente de la Dirección Provincial de Consejos Escolares, mediante el cual se “intima” al órgano administrativo local para que a su vez “intime” a los Establecimientos Educativos a fin de que procedan a realizar el inventario patrimonial de acuerdo a lo que establece la Ley de Administración Financiera en su Título VII, Capítulo 1.
Hasta aquí no habrían demasiadas objeciones. Lo discutible y hasta casi absurdo viene en el último párrafo del Memorando, donde se establece como fecha tope para la presentación del inventario al día 1º de marzo y además, se deja asentado que el no cumplimiento dará lugar a la retención de los haberes a las autoridades de los establecimientos educativos y otras dependencias.
Según algunos trascendidos de fuentes confiables, en el Consejo Escolar Salto habría al menos un par de consejeros que no estarían dispuestos a acatar la medida, aduciendo la falta de una normativa clara y expresa sobre la materia.